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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377998
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 1513
DIAS DE DESCANSO COINCIDENTES.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 1513
Si un día de descanso semanario coincide en fecha con uno de descanso obligatorio, es indudable que al realizarse en tal día la suspensión de labores legalmente ordenada, se cumple conjuntamente con las diversas finalidades por las que en esa fecha se otorga el correspondiente descanso; sin que sea dable suponer que al ocurrir en determinada fecha la coincidencia que acaba de apuntarse, el patrono esté obligado por la ley a conceder un día mas de descanso a sus trabajadores, puesto que no fue el propósito ni la finalidad del legislador, aumentar dentro del año, el número de los días de descanso que deben otorgarse periódica y regularmente a los trabajadores, pues si por otras razones de índole diversa de las que justifican y protegen el descanso semanario, resolvió que eran de otorgarse descansos obligatorios en determinadas fechas, tales razones no pueden aplicarse a días que corresponden a fechas distintas de aquellas expresamente señaladas por la ley.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2887/40. Sindicato de Obreros y Electricistas de la Fábrica La Estrella "Felipe Carrillo Puerto", de Santa Ana Chautempan. 31 de julio de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Salomón González Blanco.