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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377999
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 1517
APRENDICES.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 1517
Si el patrono alega que indebidamente se consideró como trabajador a un aprendiz pero el mismo patrono reconoce, en diversos escritos que dirigió a la Junta y que ésta no podía pasar inadvertidos, que el reclamante, tenía ya el carácter de empleado de planta en el establecimiento comercial del mencionado patrono, y éste al pretender desvirtuar lo afirmado en los escritos aludidos, incurre en flagrantes contradicciones, sosteniendo unas veces que el reclamante sólo tenía el carácter de meritorio, después que era un aprendiz y luego que le prestaba sus servicios como doméstico, es infundado el agravio que se hace consistir en que la Junta, en el laudo que dictó, hizo inexacta apreciación de las pruebas rendidas.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2926/39. Godínez Patricio. 31 de julio de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Salomón González Blanco.