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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378002
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 1523
AMPARO, EFECTOS DE LA SENTENCIA DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 1523
Si el efecto de una sentencia de amparo, por la que se concede la protección federal a la Administración de los Ferrocarriles Nacionales, fue el de restituir las cosas al estado en que se encontraban antes de la violación reclamada, tal efecto implica la obligación de la Junta, de declarar insubsistente el laudo recurrido y de ordenar la devolución de las cantidades que, la persona o personas que obtuvieron, recibieron por virtud de la ejecución del mencionado laudo, siendo por consiguiente infundado el agravio que con tal motivo se enderece en contra del presidente de la Junta mencionada.
Precedentes
Queja en materia de trabajo 179/40. Fianzas América, S. A. 31 de julio de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Salomón González Blanco.