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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378023
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 2060
JUNTAS, ESTIMACION DE PRUEBAS POR LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 2060
Si no aparece que la Junta haya desechado a dos testigos que le fueron ofrecidos oportunamente por el actor, sino que estimó que su declaración no merece fe, no pudiendo sustituirse la Suprema Corte en tal estimación, es procedente negar el amparo que se solicite por tales actos.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3984/40. Herrera P. Angel. 12 de agosto de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alfredo Inárritu.