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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378049
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 2767
TRABAJO, PRESTACION EFECTIVA DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 2767
Si una empresa, al contestar la demanda que en su contra formula un trabajador, niega a éste el carácter de subgerente que dice tener y afirma que solamente había prestado sus servicios con ese carácter durante dos años aproximadamente, y el trabajador, en la diligencia de confesión conviene en lo dicho por la empresa, agregando que posteriormente se dedicó en la misma empresa a otras labores diferentes, y ésta acredita que precisamente desde entonces desaparecieron los motivos para que el trabajador desempeñara esas funciones de subgerente, en virtud de que con la facultad que le otorgó la Junta, celebró convenios con todos los trabajadores a fin de suspender sus labores, resulta que con la confesión del repetido reclamante, hecha en el sentido de que con posterioridad a la fecha en que dejó de tener el carácter de subgerente se dedicó por cuenta propia a labores ajenas a la empresa, incumbía al trabajador la prueba de que continuó prestando sus servicios a la repetida compañía; pero si exclusivamente aporta como prueba al respecto, distintos documentos que le fueron dirigidos, llamándole subgerente y encomendándole labores que solamente podían comprender hasta determinada fecha, no puede afirmarse que por la sola designación de subgerente, esté comprobada la prestación de los servicios con ese carácter, pues no es la mera designación en tal o cual sentido la que justifica la calidad aludida, sino el desempeño del material de las funciones.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5842/39. Fernández Arturo. 28 de agosto de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Xavier Icaza.