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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378052
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 2775
TRABAJADORES, SEPARACION INJUSTIFICADA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 2775
Si se acredita el nexo contractual entre el actor y el demandado, así como la circunstancia de que el primero ya no prestaba servicios al segundo, a éste corresponde comprobar, bien que el actor había sido separado con causa justificada o bien que había abandonado voluntariamente su trabajo, y si ninguno de estos extremos fue probado por el demandado, esto constituye motivo suficiente para que la Junta respectiva estime que el actor probó su acción en relación con su separación injustificada del trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 11/40. "Alonso y Sánchez, sucesores de Alonso Calderón y Compañía". 28 de agosto de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfredo Iñárritu. Relator: Salomón González Blanco.