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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378080
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 3257
CLAUSULA DE EXCLUSION, APLICACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 3257
Al patrono solo compete, en el caso de aplicación de la cláusula de exclusión, cerciorarse: a), de la autenticidad del oficio en que se le comunica la aplicación de la cláusula de exclusión; b), que en el contrato respectivo está consignada dicha cláusula, c), que los trabajadores excluidos pertenecen al sindicato que aplica la respectiva cláusula, y una vez que esto se acredite, el patrono, sin responsabilidad alguna, está obligado a cumplir con el acuerdo respectivo, sin que pueda pretender intervenir en los procedimientos que el sindicato haya seguido para la aplicación de dicha cláusula, ya que esto sólo puede interesar a los trabajadores.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1535/40. Compañía de Servicios Públicos, de Nogales, S. A. 6 de septiembre de 1940. Unanimidad de votos. Relator: Octavio M. Trigo.