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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378122
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 3966
NOTIFICACIONES ANTE LAS JUNTAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 3966
Si el quejoso en un amparo confiesa haber sido emplazado legalmente por concurrir al juicio arbitral, en el que se dictó un laudo que se reclama en el mencionado amparo, y de autos aparece debidamente notificado de la iniciación del procedimiento seguido en su contra, de conformidad de lo preceptuado por el artículo 443 de la Ley Federal del Trabajo, la Junta no estaba obligada a continuar haciendo notificaciones personales al reclamante, si éste no concurrió al local de la Junta a enterarse de los subsecuentes proveídos que deben hacerse por medio de listas que se publican por ésta, por lo que si aparecen hechas en esta última forma tales notificaciones, es claro que el procedimiento seguido se ajusta a las prevenciones que norman los juicios seguidos ante los tribunales del trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3235/40. Herrera Nicolás. 24 de septiembre de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Xavier Icaza.