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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378124
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 3974
SINDICATOS, CAPACIDAD DE REPRESENTACION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 3974
Si bien es cierto que las agrupaciones sindicales pueden representar en juicio y fuera de él a sus respectivos agremiados, también lo es que dicha representación no debe tener lugar en casos en los que el agremiado tiene un interés opuesto al del sindicato a que pertenece, pues si éste obtiene del patrono la separación del trabajador, el interés del sindicato se confunde con el del patrono, cuando ambos han sido demandados por el trabajador.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7591/39. Ruiz de Michelena Josefina. 24 de septiembre de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Xavier Icaza.