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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378130
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 3994
EMPLEADOS PUBLICOS, CESE DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 3994
Son absolutamente distintos los procedimientos que el Tribunal de Arbitraje debe seguir para conocer de los conflictos o controversias que como órgano jurisdiccional, debe resolver, de los que señala la ley para cumplir la misión que se les confirió en el artículo 12 transitorio del estatuto; por lo que debe concluirse que cuando un trabajador ejercita el derecho que le confiere ese precepto, el tribunal no puede hacer otra cosa que revisar su expediente, y, sin trámite alguno, resolver si procede, o no, la reinstalación del trabajador, en el puesto de que fue cesado.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 4745/40. García de León José. 24 de septiembre de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Xavier Icaza.