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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378132
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 4040
SALARIOS CAIDOS, PAGO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 4040
Si un trabajador reclama su reinstalación en el puesto que venía desempeñando y el pago de los salarios desde la fecha en que fue separado hasta aquella en que se reinstale, es claro que si se estima fundada la acción de reinstalación, resulta procedente el pago de los salarios caídos, en la forma en que dicho pago fue reclamado, de acuerdo con el criterio que sobre el particular ha sustentado la Cuarta Sala de la Suprema Corte, en varias ejecutorias.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5132/40. Compañía Minera Asarco, S. A. 25 de septiembre de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Salomón González Blanco.