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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378134
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 4043
TRABAJO, CUASICONTRATO EN MATERIA DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 4043
Si del escrito de demanda y de la audiencia respectiva de demanda y excepciones, se desprende que no fue objeto del debate, lo referente a la aplicabilidad o inaplicabilidad, al caso concreto, del texto del párrafo segundo del artículo 39 de la Ley Federal del Trabajo, pues la litis quedó fijada únicamente con respecto a si había o no, contrato de obra determinada, la Junta no pudo por lo tanto, ocuparse de aquel extremo, porque entonces hubiera alterado el cuasicontrato con la infracción del artículo 551 de la citada ley.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5288/40. Contreras Heliodoro. 25 de septiembre de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Salomón González Blanco.