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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378155
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 244
PORTEROS, SALARIOS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 244
Si la persona que tiene a su cargo la portería de una casa, confiesa que la mayor parte del día la pasaba en el zaguán de la propia casa, atendiendo un comercio, y los testigos presentados por la mencionada persona no demostraron la amplitud de los servicios de aquélla como portera, resulta equitativa la apreciación que en conciencia haga una Junta, fijando como precio correcto de los servicios prestados el que corresponda al salario devengado en una hora de trabajo, por el año en que la reclamante desempeñó el cargo de portera, ya que no hay base legal para fijar tal precio, y de acuerdo con la facultad soberana que tienen las Juntas para estimar los hechos, sin sujetarse a reglas especiales sobre la estimación de pruebas.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 397/40. López Josefa. 3 de abril de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Octavio M. Trigo.