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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378161
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 297
SALARIO, PRUEBA DEL MOTIVO DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 297
Si el actor manifiesta en su demanda, que fue contratado estipulándose determinado salario, y el demandado, en su contestación, no niega este hecho y ni siquiera se refiere al mismo particularmente, es claro que atento a lo mandado por el artículo 518 de la Ley Federal del Trabajo, que previene que en todo acto el demandado deberá referirse a todos y cada uno de los hechos que comprende la demanda, afirmándolos, negándolos, o expresando los que ignore, etcétera, la Junta, al tener por demostrada la existencia del contrato de trabajo tiene que reconocer como cierto el hecho afirmado por el actor y no controvertido por el demandado, de que la contratación se hizo sobre la base del salario expresado.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9060/39. Alcocer Juan Pablo. 4 de abril de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Xavier Icaza.