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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378171
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 340
TRABAJO, BASE DE LA ACCION DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 340
Si una Junta, después de analizar las pruebas aportadas por ambas partes en un juicio arbitral, establece que no existe nexo contractual alguno entre el obrero y el patrono, es inútil establecer si la propia Junta violó el artículo 551 de la Ley Federal del Trabajo, porque cambió la acción ejercitada por el obrero actor, ya que se necesitaba haber demostrado precisamente la base de la acción, como lo es el contrato de trabajo respectivo, para que se hubiese podido causar algún perjuicio al obrero, con la incongruencia aludida.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8629/39. Cervantes Orlandony Jesús. 5 de abril de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Salomón González Blanco. Relator: Octavio M. Trigo.