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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378179
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 591
PERSONALIDAD, COMPROBACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 591
Si la parte demandada en un juicio arbitral alega no ser la dueña del negocio en que un trabajador ha prestado sus servicios, sino que lo es una cooperativa que constituyó la misma parte demandada, en unión de otras personas, y la existencia de dicha cooperativa no se prueba ni se desprende de las declaraciones de los supuestos socios, pues debió comprobarse con los documentos correspondientes, con estos hechos queda demostrada la falta de personalidad de quien se ostente representante del actor.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6292/39. G. Viuda de Montes María. 8 de abril de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alfredo Iñárritu.