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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378181
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 594
TRABAJADORES, TERMINACION DEL CONTRATO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 594
Si una Junta de Conciliación y Arbitraje, en acatamiento de una ejecutoria dictada por la Suprema Corte de Justicia, estudia la prueba que le había omitido en su primer laudo, y del estudio de la misma, se desprende que el contrato existente entre un patrono y su trabajador, terminó en forma de la que no resultaba responsabilidad para el primero, ya que el actor admitió que había terminado la producción de la finca en que prestaba sus servicios; no obstante que el actor en el juicio arbitral exprese que con posterioridad convino con el patrono en seguir trabajando, si la Junta considera esta afirmación inadmisible, en vista de que dicha finca la tenía únicamente en arrendamiento el patrono, y tal arrendamiento ya había terminado, la apreciación de la Junta desligando al patrono de toda responsabilidad, será correcta, y no habrá cometido violación alguna.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 917/40. Alemán Sadot. 8 de abril de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio M. Trigo. Relator: Alfredo Iñárritu.