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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378195
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 754
TRABAJO, DESISTIMIENTO DEL JUICIO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 754
Si de autos aparecen diversas constancias que acreditan que la demanda presentada por varios trabajadores, se enderezó en contra de determinada persona, el hecho de que en la misma se haya agregado que la parte demandada era administrador de una finca, no prueba que originalmente esa demanda se hubiese enderezado en contra de la negociación que administraba, pues tal expresión sólo se explica como una calidad accidental del demandado, tanto más, si de las propias constancias se precisa que el juicio se siguió en conciliación, directamente en contra de determinada persona, sin que se haya manifestado por los actores desistimiento expreso alguno respecto de la demanda enderezada en contra del mismo, y no obstante que el asesor de los actores haya manifestado ante la Junta que la demanda se dirigió en contra de la finca administrada, sosteniéndose en el amparo que esta manifestación solamente se hizo por error, pues hay que tener en cuenta que mientras los actores no se desistan expresamente del juicio iniciado y tramitado ante una Junta de Conciliación, ésta carecerá de facultad para dejar de señalar día y hora para que tenga lugar la audiencia de arbitraje en el juicio del que se habla.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 7272/39. López Villegas Enrique y coagraviados. 10 de abril de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Salomón González Blanco.