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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378197
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 840
PODERES, OTORGAMIENTO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 840
Si un Juez de Distrito declara que para acreditar la personalidad del albacea de una sucesión, debieron insertarse las constancias necesarias y que por el hecho de no haberlo realizado así no aparece comprobado que se ha designado en forma, como gerente de una sociedad, al mismo albacea, y que éste hubiera estado legalmente capacitado para otorgar el poder que se presente con una demanda de amparo, dicho fundamento del Juez de Distrito es correcto y el agravio que se haga valer contra el mismo, no será fundado.
Precedentes
Amparo civil en revisión 7786/39. Compañía Petrolera Moctezuma, S. de R. L. 12 de abril de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alfredo Iñárritu.