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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378238
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 1509
TRABAJO, DESISTIMIENTO DEL JUICIO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 1509
Si de los actos de un juicio arbitral aparece acreditado que varios de los quejosos en el amparo, comparecieron en diversas fechas ante la Junta que conoce del negocio, a manifestar que se desistían, a su perjuicio, de la acción que en su representación fue ejercitada en contra de su patrono, teniendo en cuenta esto y la circunstancia de que respecto de los desistidos, el laudo que constituye el acto reclamado, no puede afectar sus intereses jurídicos procederá, con fundamento en lo prevenido por los artículos 73, fracción VI, y 74, fracción III, de la Ley de Amparo, sobreseer en el juicio de amparo, en relación con los que se desistieron ante la Junta.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6481/39. Morales Raúl y coagraviados. 24 de abril de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Salomón González Blanco.