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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378252
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 1600
TRABAJO, APRECIACION DE LAS PRUEBAS, EN MATERIA DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 1600
Si una Junta de Conciliación y Arbitraje analiza y estudia las pruebas rendidas por las partes en un juicio arbitral, y llega a la conclusión de que la lesión que sufrió en una rodilla, un trabajador, es consecuencia de un traumatismo, el cual le ha producido un 20% de incapacidad, fundándose para ello en los dictámenes rendidos por el perito tercero en discordia y el perito de la parte actora, así como en el resultado que arrojó la prueba para mejor proveer, no viola con ello las garantías del demandado.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 123/40. Administración Obrera de los Ferrocarriles Nacionales de México. 26 de abril de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfredo Iñárritu. Relator: Octavio M. Trigo.