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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378254
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 1611
FIANZA Y CONTRAFIANZA, AMPLIACION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 1611
Para que se pueda revocar un auto en donde se acepta una fianza o contrafianza, es preciso que se acredite que con posterioridad, ha quedado insolvente el fiador o que han desaparecido, se han destruido o disminuido los bienes con los cuales se acreditó su idoneidad; pues pretender que por la sola circunstancia de la que el presidente de una Junta tuvo noticias de la que habían disminuido de valor los bienes con los cuales se acreditó la idoneidad del fiador, pueda el mismo negarse a despachar la ejecución del laudo, se llegaría al absurdo de que las resoluciones judiciales pudieran tener su origen en las noticias que tenga el funcionario encargado de dictarlas, sin que las mismas consten debidamente comprobadas en autos, lo que daría margen a una verdadera anarquía, toda vez que las resoluciones judiciales quedarían sujetas, no a lo alegado y probado en juicio, sino a la importancia que determinado funcionario diera, a su capricho, a las noticias que en tal o cual sentido aseverara haber tenido, en relación con determinado negocio.
Precedentes
Queja en materia de trabajo 690/39. Santuario Manuel. 26 de abril de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfredo Iñárritu. Relator: Octavio M. Trigo.