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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378267
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 1788
SUSPENSION, PROCEDENCIA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 1788
Si el presidente de una Junta Central de Conciliación y Arbitraje se abstiene de resolver sobre la suspensión del acto reclamado, en un juicio de amparo directo que el recurrente en el amparo promovió, reclamando el laudo dictado por la Junta, procede declarar fundada la queja relativa para el efecto de que el presidente de la Junta resuelva sobre dicha suspensión.
Precedentes
Queja en materia de trabajo 101/40. Compañía Industrial Jabonera de la Laguna, S. M. L. (Quiebra). 29 de abril de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hermilo López Sánchez.