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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378269
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 1847
ENFERMEDADES PROFESIONALES, PRUEBA DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 1847
Si una Junta afirma que en el dictamen emitido por un médico se establece que: "en los cortes del pulmón de un obrero encontró infiltraciones silicosas numerosas, en los puntos de elección", y de esto concluye que el trabajador falleció de enfermedad profesional, por la silicosis de que estaba afectado, puesto que, cuando un obrero que trabaja en el interior de una mina, fallece de tuberculosis pulmonar y antes se ha demostrado que el mismo ha padecido de silicosis, se considera que este último padecimiento es el causante de su muerte, ya que el origen de la tuberculosis lo es la silicosis; y si el patrono demandado, no cuida de rendir prueba alguna para demostrar que la Junta desvirtuó el contenido del dictamen a que se ha hecho referencia, ni obra en autos otra probanza que la copia certificada del laudo reclamado, debe estimarse que no se encuentra demostrado concepto alguno de violación, ni que se hayan infringido los artículos 286 y 326, fracción X, de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 962/40. Negociación Minera Santa María de la Paz y Anexas en Matehuala, S.A. 30 de abril de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Xavier Icaza.