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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378300
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 2431
JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, APRECIACION DE LAS PRUEBAS POR LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 2431
El valor de las pruebas ante las juntas no puede ser materia de examen constitucional, ya que los Jueces Federales están imposibilidades para sustituir con su criterio las apreciaciones de las Juntas, y el agravio que se haga valer contra dicha tesis, será injustificado, aunque se alegue que se causa agravio a los trabajadores por el perjuicio que representa para ellos, porque se confiere a los tribunales del trabajo un poder omnímodo que los lleva a desentenderse de su misión protectora para la clase trabajadora.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 8729/39. Sindicato de Mujeres Asalariadas "Mártires De Chicago". 11 de mayo de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alfredo Iñárritu.