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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378329
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 2983
SENTENCIAS DE AMPARO, QUEJA POR DEFECTO DE EJECUCION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 2983
El hecho de que en la nueva sentencia que dicte una Junta de Conciliación y Arbitraje, con motivo del amparo concedido a la parte agraviada, use además de las nuevas argumentaciones que crea pertinentes para fundar su nuevo laudo, de las argumentaciones que había usado en la anterior, no implica exceso de ejecución de la misma sentencia, y en todo caso, las nuevas argumentaciones serán violaciones de garantías que sólo pueden ser impugnadas por medio de un nuevo amparo y no por medio de un simple recurso de queja.
Precedentes
Queja en materia de trabajo 462/39. Falcón Hidalgo Antonio. 12 de junio de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Salomón González Blanco.