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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378331
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 3048
PORTERIA, INEXISTENCIA DEL CONTRATO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 3048
El hecho de que el propietario de una casa manifieste ante una Junta, que una persona tiene ocupado el local destinado a portería en la mencionada casa, no implica el reconocimiento de la existencia de un vínculo contractual entre el citado propietario y esa persona, si expresamente manifiesta tal propietario, que el contrato de portería lo tenía celebrado con otra persona que falleció, y que al morir ésta, continuó ocupando la misma localidad la persona mencionada, quien se negó a desocupar el local, debiendo, además tenerse en cuenta que la Junta respectiva hace uso de la facultad soberana que le otorga el artículo 550 de la Ley Federal de Trabajo, al estimar que no es de admitirse lo declarado por un testigo que presentó la parte actora por ser testigo de oídas.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7374/38. Domínguez Andrés. 13 de junio de 1940. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alfredo Iñárritu.