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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378348
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 3588
CONTRATO DE TRABAJO, RESCISION DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 3588
La rescisión del contrato de trabajo que lleve a cabo un patrono respecto de uno de sus trabajadores, por causa de economías indispensables para el negocio, sustituyendo al trabajador con otro que obtendrá menor sueldo y que desempeñará, en unión del mismo patrono el trabajo del obrero sustituido, está justificada, y el hecho de que el mismo patrono haya nombrado como trabajador sustituto a un conocido y amigo suyo, no puede implicar que para la rescisión del contrato de trabajo, se haya inducido al sustituido a aceptar tal decisión.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8354/39. Hobart D. Juan. 26 de junio de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hermilo López Sánchez.