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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378426
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 1517
SOBRESEIMIENTO PROCEDENTE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 1517
El hecho de haber admitido solamente en el efecto devolutivo, un recurso de apelación contra del auto que desechó la oposición formulada por una persona, con motivo del secuestro trabado en los salarios de que disfrutaba, no destruye la consideración relativa a que esa apelación puede tener por objeto modificar o revocar la resolución apelada, por lo que debe sobreseerse en el amparo relativo, de acuerdo con lo prevenido en la fracción XIV del artículo 73 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo civil en revisión 8295/39. Contreras Salomé. 9 de febrero de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Octavio M. Trigo.