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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378432
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 1553
PRUEBA DOCUMENTAL ANTE LAS JUNTAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 1553
Si una Junta para absolver al patrono del pago de salarios que se le reclaman, se funda en una carta que el trabajador dirigió a aquél, en la que confiesa haber recibido determinada cantidad con la que quedó totalmente pagado, y ante la Junta respectiva reconoce esa carta el propio trabajador, no incurre en violación alguna la Junta respectiva, si al pronunciar su laudo absuelve al expresado patrono.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6688/39. Fernández de la Fuente Enrique. 9 de febrero de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Salomón González Blanco. Relator: Octavio M. Trigo.