Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/378442
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378442
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 1653
ESCUELAS ARTICULO 123.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 1653
Aunque se alegue que se ha aplicado indebidamente el artículo 123 constitucional, en relación con el artículo 111, fracción VIII, de la Ley Federal del Trabajo, esto no puede servir de base para la suspensión contra la orden de establecer una escuela artículo 123, ya que que acordó como resolver en el fallo incidental, sobre la cuestión de fondo que se debate en el amparo.
Precedentes
Amparo en materia de trabajo. Revisión del incidente de suspensión 8740/39. Nicolás de la Peña, sucesores, S. C. P. 12 de febrero de 1940. Unanimidad de cinco votos. Relator: Hermilo López Sánchez.