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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378444
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 1706
ESCUELAS RURALES, REQUISITOS PARA ESTABLECERLAS Y SOSTENERLAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 1706
Si se encuentra comprobado suficientemente que no se llenan los requisitos para la creación de una escuela rural, en virtud de que no existen en una finca de campo, más que tres niños en edad escolar, hijos de los trabajadores al servicio de la finca mencionada, no es suficiente la circunstancia de que no se hubiese autorizado la clausura del mencionado plantel, para considerar subsistente la obligación de los propietarios de la mencionada finca, en cuanto a su sostenimiento, toda vez que el requisito de clausura establecido en virtud de unas circulares de la Secretaría de Educación Pública, no puede estar sobre la prevención constitucional contenida en el artículo 123 de la Constitución Federal, ni sobre la reglamentación de la Ley Federal del Trabajo, que condiciona la obligación de sostener dichas escuelas, a la reunión de determinados requisitos, si en el caso no aparece que hayan sido llenados.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 7773/39. Macedo Pablo y coagas. 13 de febrero de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Xavier Icaza.