Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/378448
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378448
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 1717
COMPETENCIA CONSTITUCIONAL, PROTECCION DE LA, POR EL JUICIO DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 1717
La Suprema Corte ha establecido en diversas ejecutorias, que solamente la competencia constitucional, o sea, aquella en que se debate la órbita de las atribuciones de los diversos poderes, está protegida por el artículo 16 constitucional, en tanto que la que tiene el carácter de jurisdiccional, debe resolverse no mediante el juicio de garantías, sino en los términos de las leyes aplicables de manera concreta, por lo que la Suprema Corte no puede entrar al estudio de una cuestión que debiendo haberse planteado previamente ante la Junta respectiva, no se planteó.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5916/39. Cooperativa "Transportes Coahuila", S. C. L. 13 de febrero de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Xavier Icaza.