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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378457
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 1945
LAUDOS, IMPROCEDENCIA DEL AMPARO CONTRA LOS DICTADOS EN EJECUCION DE UN FALLO DE LA CORTE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 1945
Concedido un amparo para el solo efecto de que en nuevo laudo que pronuncie una Junta, se estudien por ésta algunas pruebas que se habían admitido y no se estimaron relacionándolas con las demás que fueren aportadas en el juicio, resuelva sobre las cuestiones planteadas, si la Junta en el nuevo laudo, no hace el estudio de esas pruebas, esto constituye un defecto en la ejecución del fallo, reclamable mediante el recurso de queja, en los términos que lo dispone el artículo 95, fracción IX, de la Ley de Amparo, pero no puede ser materia de un nuevo juicio de garantías.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7055/39. Barra Vilela Félix, sucesión de. 19 de febrero de 1940. Unanimidad de cinco votos. Relator: Hermilo López Sánchez.