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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378463
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 2024
SALARIO, MONTO DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 2024
Si bien de acuerdo con el artículo 86 de la Ley Federal del Trabajo, al salario lo integran tanto los pagos hechos por cuota diaria, como las gratificaciones, percepciones, habitación y cualquiera otra cantidad que sea entregada a un trabajador, a cambio de su labor ordinaria, no puede quedar comprendido en tal concepto, lo que al obrero se le hubiere pagado por tiempo extraordinario de trabajo, cuando ha laborado en esas condiciones.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6726/39. Maldonado Ortiz Consuelo y coags. 20 de febrero de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Xavier Icaza.