Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/378486
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378486
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 2520
TRABAJADORES, RENUNCIA DE LOS DERECHOS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 2520
Si una cláusula del contrato de trabajo celebrado entre los trabajadores y su patrono, no implica ni puede implicar una renuncia de derechos de las prohibidas por la ley y sólo se puede interpretar que es una renuncia o aceptación meramente contractual, la Junta que así lo declare, obrará apegada a la ley, máxime, si el derecho al cual se renuncia, no está consignado ni protegido como un derecho concreto de las relaciones de protección y auxilio a los trabajadores, y por tanto, dicha cláusula no podrá ser declarada nula.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7947/39. Vega Daniel R. de la. 28 de febrero de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Salomón González Blanco.