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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378495
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 2628
EXCEPCIONES, ESTUDIO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 2628
Si se reclama en amparo que una Junta de Conciliación y Arbitraje dejó de estudiar la cuestión que planteó una de las partes en un litigio de trabajo, y se comprueba que dicha Junta no hizo el estudio de que se trata, el amparo que se solicite, por tal motivo, deberá concederse.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8192/39. Félix Emilia y coaga. 29 de febrero de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alfredo Iñárritu.