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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378516
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 2978
JUNTAS, PRUEBAS ANTE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 2978
Si una Junta no admite la prueba confesional de una persona, que no es parte en un juicio arbitral, obra correctamente, si además aparece que solamente asesoró al actor en la reclamación arbitral, tanto más si se tiene en cuenta que, según el artículo 527 de la Ley Federal del Trabajo, las partes podrán solicitar la citación de las personas que en el mismo se señalan, y no consta que la aludida estuviera comprendida entre aquéllas.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8098/39. Cásares Galera Eulalio, sucesión de. 8 de marzo de 1940. Unanimidad de cinco votos. Relator: Octavio M. Trigo.