Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/378529
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378529
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 3199
AGRAVIOS EN LA REVISION.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 3199
No pueden tenerse como tales en la revisión, las violaciones que no fueron invocadas en la demanda de amparo, dando lugar, con ello, a que no se oiga a las autoridades responsables.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 581/39. Ramírez Néstor. 12 de marzo de 1940. Unanimidad de cinco votos. Relator: Octavio M. Trigo.