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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378544
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 3392
POSESION, PERDIDA DE LA, POR MANDATO DE LAS JUNTAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 3392
Si en un juicio arbitral, el presidente de una Junta dispone que se dé posesión al demandante, de unos terrenos que constituyen un predio, y varias personas acreditan con un acta notarial, que adquirieron cada una de ellas una fracción de ese terreno, y además, con la prueba testimonial, consistente en las declaraciones de dos testigos que merecen fe, en los términos del artículo 346 del Código Federal de Procedimientos Civiles, comprueban las mismas personas, el hecho de la posesión, y en tales condiciones, se trata de privarlas de ella, en un juicio en el que no fueron partes, es claro que se violan en perjuicio de aquéllas, las garantías que otorgan los artículos 14 y 16 constitucionales, porque se les priva de sus derechos sin haber sido oídas, ni vencidas en juicio ante las autoridades competentes, sin que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho, debiendo por tanto otorgárseles la protección constitucional que soliciten.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 8319/39. Valdez Cipriano y coags. 14 de marzo de 1940. Unanimidad de cinco votos. Relator: Hermilo López Sánchez.