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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378548
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 3467
TRABAJO, AMPARO IMPROCEDENTE, EN MATERIA DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 3467
Si no se combate en la demanda de amparo respectiva, la apreciación legal que haya hecho o dejado de hacer una Junta, la Suprema Corte se encuentra imposibilitada para conceder el amparo por esta causa, y por tal razón, debe negarse la protección constitucional que por tal concepto se solicite.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 71/40. Reyes Miguel. 15 de marzo de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Relator: Octavio M. Trigo.