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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378561
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 3709
TRABAJO, SUSPENSION EN MATERIA DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 3709
La Cuarta Sala de la Suprema Corte de Justicia ha sostenido el criterio de que en materia de suspensión y tratándose de terceros extraños, es suficiente que éstos aporten un principio de prueba en relación con los derechos que aleguen tener respecto de la propiedad de determinados bienes que tratan de afectárseles con la ejecución de un laudo, para que se considere procedente concederles la suspensión.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 577/40. Gámez Mateo. 20 de marzo de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Ponente: Salomón González Blanco.