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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378576
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 3819
FORMA DEL JUICIO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 3819
El hecho de que la vía elegida no sea correcta, no hace procedente el amparo, puesto que la misma no deja sin defensa al quejoso, quien, además de que puede resultar absuelto en el juicio, quedando reparadas de esta manera, por lo que a el toca las violaciones del procedimiento, las mismas puede reclamarlas, en caso contrario, por medio del juicio constitucional.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 6383/39. López José L. y coags. 22 de marzo de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Relator: Octavio M. Trigo.