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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378590
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 4173
LAUDOS, IMPROCEDENCIA DE RECURSOS CONTRA DE LOS, ANTE LAS JUNTAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 4173
Si una de las partes en el conflicto de trabajo pide que se cumpla el laudo ajustándose a normas distintas de las que en el mismo se establecieron por la Junta, tal solicitud implica la revocación del laudo mencionado, lo cual no es procedente, atenta la disposición contenida en el artículo 555 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8461/39. Sociedad Sindicalista de Equipajeros del Puerto de Veracruz. 29 de marzo de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Ponente: Salomón González Blanco.