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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378592
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 1383
LAUDOS, IMPUGNACION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 1383
Si ninguna de las razones por las cuales se alega que fueron infringidos los artículos 535, 550 y 296 de la Ley Federal del Trabajo, es suficiente para combatir el fundamento del laudo recurrido, que estimó que la parte actora no comprobó la existencia del contrato de trabajo, y absolvió al patrono, pues la parte actora se dedicó a combatir las declaraciones de los testigos del demandado, sin atender a que, incumbiéndole la carga de la prueba sobre la existencia del contrato, no logró probarla, y si tal fundamento no se ataca, este es suficiente para apoyar el laudo recurrido.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 677/40. Colio María Refugio Reynalda. 29 de julio de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Xavier Icaza. Relator: Alfredo Iñárritu.