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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378593
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 4178
TRABAJO, AUDIENCIA DE PRUEBAS, EN LOS CONFLICTOS DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 4178
Si una de las partes en un juicio arbitral, solicita, el día de la audiencia de pruebas, la comparecencia de unos testigos para interrogarlos, y la Junta no acepta esas pruebas, en virtud de que quien las solicita tuvo tiempo suficiente para ofrecerlas en su oportunidad y no esperar el momento de la audiencia en la cual deben rendirse todas aquellas que las partes ofrezcan y presentar los testigos que deben ser examinados, obra correctamente y no comete violación alguna, por lo que el amparo que se solicite, por tal motivo, deberá negarse.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8837/39. Flores Rutilio. 29 de marzo de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Relator: Octavio M. Trigo.