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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378598
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 7610
LAUDOS, LIQUIDACION DE LAS CANTIDADES A QUE CONDENAN
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 7610
No es preciso que los laudos contengan la liquidación de las cantidades a que condenan, porque el artículo 552 de la Ley Federal del Trabajo, establece que se haga la condena, a reserva de fijar su importe en cantidad líquida.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1647/42. Banco Nacional de Crédito Ejidal, S. A. 30 de septiembre de 1942. Unanimidad de cinco votos. Relator: Antonio Islas Bravo.