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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378601
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 58
FERROCARRILES NACIONALES, JUBILACION DE EMPLEADOS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 58
La disposición del Reglamento de Empleados de los Ferrocarriles Nacionales de México y Anexas, al establecer que la jubilación será a base del cincuenta por ciento del sueldo que el trabajador disfrute en la época en que ésta se otorgue, no implica renuncia de derechos de parte de los trabajadores, prohibida por la Constitución, pues la relación contractual entre empresa y jubilado, cesa en lo absoluto desde el momento en que la jubilación se determina.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2807/39. Bernal Jerónimo. 2 de octubre de 1939. Unanimidad de cinco votos. Relator: Octavio M. Trigo.