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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378606
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 74
TRABAJO, PRUEBA DEL NEXO CONTRACTUAL EN MATERIA DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 74
La Cuarta Sala de la Suprema Corte ha sentado el precedente de que el trabajador sólo está obligado a acreditar la existencia del nexo contractual y la cesación en el servicio; y si esto se comprueba ante una Junta, y la misma condena al pago de la indemnización correspondiente, obra conforme a derecho y, por tanto, el amparo que contra esta resolución se pida, deberá negarse.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2652/39. Cásares Galeana Eulalio. 2 de diciembre de 1939. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Alfredo Iñárritu. Relator: Octavio M. Trigo.