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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 378612
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 84
TRABAJO, CITACION PARA LA PRUEBA CONFESIONAL, EN MATERIA DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 84
Si no se hace la citación que previene el artículo 527 de la Ley Federal del Trabajo, para que una de las partes comparezca el día de la audiencia, a absolver posiciones, la Junta que aclara que no quedó debidamente citada, y que, por ende, no se le puede tener por confeso, al no haber asistido a la audiencia de pruebas, estará en lo justo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2076/39. Santana Juana y coagraviada. 2 de octubre de 1939. Unanimidad de cinco votos. Relator: Octavio M. Trigo.